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SENTENCIA FAVORABLE PARA SIP-AN CON CONDENA AL AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA POR INCUMPLIR LA DIRECTIVA EUROPEA REGULADORA DEL TIEMPO DE TRABAJO

El juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº3 de Jaén ha ESTIMADO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por SIP-AN contra el Ayuntamiento de Úbeda, al considerar que dicho consistorio incumple la Directiva 2003/88/CE, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, de naturaleza mínima y directamente vinculada a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores.

La Sentencia declara que el sistema de cuadrantes y turnos de la plantilla actualmente vigente, es contrario a lo establecido en la normativa europea, obligando a que se adecúe el calendario laboral de los agentes, de forma que se respete el preceptivo descanso obligatorio mínimo de 11 horas entre jornadas. Además, impone el abono de las costas procesales al Ayuntamiento.

Esta resolución supone un avance fundamental para los agentes de policía, en orden a garantizar condiciones laborales dignas y ajustadas al marco europeo.

¡Enhorabuena a los compañeros, y de nuevo, a nuestro letrado en el área de Jaén ANTONIO JAVIER MONTORO NAVAS, por su excelente trabajo y profesionalidad demostrada día a día!

SIP-AN continuará trabajando para la defensa de los derechos de los policías locales de Andalucía.

SENTENCIA ÚBEDA DIRETIVA EUROPEA

 

 

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