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SIP-AN GANA NUEVA SENTENCIA QUE OBLIGA AL AYTO. DE ALMUÑECAR A RECONOCER EL PASE A 2ª ACTIVIDAD DE UN AGENTE

NUEVO ÉXITO DE LA ASESORÍA JURÍDICA DE SIP-AN.

SENTENCIA FAVORABLE A UN AGENTE DE ALMUÑECAR, QUE OBLIGA AL AYUNTAMIENTO A RECONOCER LEGALMENTE SU PASE A LA SITUACIÓN DE SEGUNDA ACTIVIDAD.

El agente se encontraba realizando actividades encuadradas en una situación de 2ª actividad, sin embargo, el Ayuntamiento desestimó la solicitud de pase definitivo a la misma a través de la figura del silencio administrativo, pese a contar con limitaciones laborales considerables reconocidas mediante informe médico, escudándose en que se estaba tramitando una modificación de la
Relación de Puestos de Trabajo. Finalmente, el Juzgado de lo Contencioso nº2 de Granada reconoce el derecho de nuestro afiliado a ser designado formalmente en 2ª actividad.

¡Gracias al letrado Domingo Manuel Domingo, por su excelente trabajo!

Aquí sentencia completa: SENTENCIA 2ª ACTIVIDAD ALMUÑECAR

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